Puerto Plata, República Dominicana — Con firmeza y sin rodeos, el Tribunal Colegiado de Puerto Plata dejó claro que ningún nombre, por famoso que sea, está por encima de la ley.
Este jueves, los jueces Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez sentenciaron al pelotero Wander Franco a dos años de prisión suspendida, tras hallarlo responsable de una relación inapropiada con una menor de edad, estableciendo condiciones estrictas que, de ser incumplidas, lo enviarían al Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe.
La magistrada Veras, al emitir el fallo, se dirigió directamente al imputado señalando que su conducta no se justifica por su juventud ni por su carrera: “Si no le atraen personas de su edad, deberá esperar el tiempo necesario para evitar reincidir en hechos de esta naturaleza”, expresó, en una frase que resonó con fuerza en la sala y fuera de ella.
El tribunal tomó en cuenta factores como su historial limpio, su edad y el impacto que ha tenido en su carrera profesional, pero eso no impidió que se le impusiera una multa de 10 salarios mínimos del sector público y una advertencia severa: si rompe las condiciones impuestas, cumplirá la sentencia en régimen cerrado.
En paralelo, el proceso también marcó un punto de quiebre en la vida de Martha Vanessa Chevalier, madre de la adolescente, quien fue hallada culpable de participar en un esquema de aprovechamiento económico indebido, valiéndose de su rol materno. Desde hoy, deberá cumplir 10 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, además de pagar una multa de 30 salarios mínimos, según lo dictado en base a los artículos 409 y 410 de la Ley 136-03.
El tribunal determinó que Chevalier facilitó el acceso de su hija a entornos inapropiados, en los que fue objeto de acciones que la ley sanciona severamente. Se probó que recibía dinero y bienes de parte del imputado, ejerciendo presión constante con fines económicos.
Durante el juicio, el Ministerio Público presentó más de 160 evidencias, entre documentos bancarios, testimonios y registros digitales, que fueron admitidos en su mayoría por los jueces, quienes destacaron la solidez del expediente, aunque criticaron la redundancia en ciertas pruebas.
La sentencia se fundamentó en violaciones claras a la Ley contra Lavado de Activos, la Ley de Trata de Personas y el Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, descartando únicamente los cargos que no lograron reunir los requisitos legales necesarios para una condena adicional.
Desde hoy, Franco queda sujeto a un régimen judicial vigilado, con condiciones específicas que buscan evitar reincidencias. Mientras tanto, Chevalier fue privada de libertad por incurrir en acciones que vulneraron de forma grave los deberes fundamentales como madre.
El caso, que desde el principio generó un alto nivel de seguimiento por la figura pública de Franco, concluyó con una decisión equilibrada, sustentada en pruebas sólidas y con un mensaje claro desde la judicatura: el sistema de justicia está para proteger a los más vulnerables, sin importar el estatus social o la fama de los involucrados.
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